Actualizado: 02/05/2024 23:14
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Fiscal español pide la extradición de etarra que reside en Cuba

Se reitera la orden de detención, para que la ejecuten de forma inmediata, ya que éste facilitó un domicilio en La Habana

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La Fiscalía de la Audiencia Nacional española rechazó que el etarra deportado a Venezuela Arturo Cubillas se apersone en la causa que investiga los posibles vínculos entre la organización terrorista ETA y las FARC, y pidió al juez que reclame la extradición de José Angel Urtiaga, que reside en Cuba.

Ambas decisiones están incluidas en el informe que los fiscales Teresa Sandoval y Vicente González Mota presentaron en el juzgado de Eloy Velasco, el magistrado que trasladó la petición de Cubillas y Urtiaga para personarse en la causa y tener acceso a las actuaciones y documentos que constan en la misma.

Los fiscales reiteran además a Interpol la orden de detención dictada contra Urtiaga el pasado mes de febrero para que la ejecuten de forma inmediata, ya que éste facilitó un domicilio en La Habana.

Según el fiscal, los dos procesados, sobre los que pesan sendas órdenes de detención internacional, están en situación de rebeldía y no a disposición judicial, por lo que su personación sólo podrá ser admitida “cuando sean efectivamente entregados o se presenten voluntariamente al objeto de prestar declaración en el procedimiento”.

El pasado 20 de octubre el juez Velasco solicitó al Gobierno español que iniciara los trámites para extraditar a Cubillas, residente en Venezuela y que trabaja como jefe de seguridad en el Instituto Nacional de Tierras (INTI) dependiente del Gobierno de Hugo Chávez.

El magistrado sugirió también al Ejecutivo español que antes reclame al Gobierno de Caracas que le retire la nacionalidad venezolana.

Sobre la entrega de Urtiaga, los fiscales consideran que es posible según el tratado de extradición vigente entre España y Cuba, que, aunque por su antigüedad —es de 1905— no figura el delito de terrorismo, sí contempla “la represión de los atentados terroristas cometidos con bombas” en el artículo 9.1.

Añaden además que el tratado tipifica (en su artículo 2.3 b) el delito “para quien organice o dirija a otros a los efectos de la comisión de delito relativo a la comisión de atentados terroristas con bombas”.

El juez Velasco procesó a finales del pasado mes de febrero a Urtiaga por colaboración con banda armada por su presunta relación con “actividades de entrenamiento y adiestramiento del uso de artefactos explosivos con bombas” a miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) en calidad de “interlocutor de ETA”.

Tanto Cubillas como Urtiaga reclamaron su personación en la causa abierta en la Audiencia Nacional española a través de un poder notarial para pleitos.

En el escrito, designaron procurador y un grupo de abogados para que los representen.

La acusación popular, ejercida por la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) y la Plataforma Democrática de Venezolanos en Madrid, también se opuso a que se personen los terroristas en la causa abierta para esclarecer la presunta alianza entre la guerrilla colombiana de las FARC.


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