Actualizado: 23/04/2024 20:43
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Cambios, Finanzas

El Banco Central de Cuba publica nuevas resoluciones en la Gaceta Oficial

Las nuevas normas regulan la conformidad de las entidades estatales con sus cuentas bancarias, la entrada y salida de las monedas que circulan en Cuba, así como la entrada y salida de dólares estadounidenses u otra Moneda Libremente Convertible

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El Banco Central de Cuba ha publicado este lunes tres resoluciones que regulan la conformidad de las entidades estatales con sus cuentas bancarias, la entrada y salida de las monedas que circulan en Cuba (CUC y peso), así como la entrada y salida de dólares estadounidenses u otra Moneda Libremente Convertible.

En la Resolución 19/2012, el Banco Central ordena que todas las entidades estatales deberán confirmar a los bancos cada trimestre su conformidad con los estados de sus cuentas bancarias, a fin de prevenir la corrupción.

“Las entidades estatales (…) confirmarán trimestralmente a los bancos los estados de sus cuentas bancarias mediante la emisión de un certificado expedido por el jefe máximo y el contador”, indica la resolución, con fecha del 17 de marzo.

Según la Gaceta, esta norma, que también deberán acatar las “sociedades mercantiles de capital 100 % cubano”, “representa un mecanismo para detectar malos manejos de los recursos monetarios y síntomas de corrupción”, fenómeno que el gobierno de Raúl Castro prometió combatir “a sangre y fuego”.

Las entidades públicas y sociedades mercantiles deberán enviar a los bancos un documento que certifique que “todas las operaciones bancarias se corresponden con las transacciones realizadas durante el trimestre”.

“Del estudio de determinados hechos fraudulentos relacionados con los recursos monetarios de las entidades se ha comprobado que una correcta conciliación de los estados de cuentas bancarias es un elemento necesario para su alerta y prevención”, señala la resolución.

La Gaceta informa además que los bancos aplicarán la “suspensión de los servicios bancarios” a las entidades y empresas que no cumplan esta resolución.

Otra resolución, la No. 18/2012, señala que el Banco Central prohíbe la “exportación” de billetes de pesos convertibles cubanos (CUC, equivalentes a dólares), así como en envío de billetes de pesos cubanos no convertibles “sin carácter comercial”.

“Queda prohibida la exportación del medio de pago denominado peso convertible de curso legal, en cualquier denominación, así como la exportación de pesos cubanos (no convertibles) mediante envíos sin carácter comercial”, dice la resolución.

Ésta señala además que “La exportación o importación de piezas desmonetizadas y especímenes de pesos cubanos o pesos convertibles, con carácter numismático o patrimonial, están sometidas a regulaciones específicas”.

Y que “los ciudadanos cubanos domiciliados en el país y los ciudadanos extranjeros residentes permanentes en Cuba pueden exportar e importar a su salida o entrada al país sumas que no excedan los dos mil pesos cubanos (83 dólares) de curso legal, en efectivo y en cualquier denominación”.

El Banco Central no explica las razones para prohibir la salida de pesos cubanos del país.

Por otra parte, la Resolución No. 17/2012, informa que las personas naturales podrán exportar a su salida del país hasta 5.000 dólares estadounidenses o su equivalente en otra moneda extranjera (3.790 € aproximadamente, por ejemplo).

Y, según la misma norma, cualquier persona que ingrese a Cuba con más de 5.000 dólares en efectivo deberá declararlo a la Aduana General de la República.

Dentro de la llamada “actualización” del modelo económico cubano, impulsado por Raúl Castro, las autoridades de la Isla han promovido cambios que pretenden reducir la corrupción que, según el fiscal general cubano Darío Delgado, está afectando fundamentalmente al sector “empresarial”.

Por su parte, la Contraloría de la República ha informado que la corrupción se elevó en 2011, respecto a 2010, debido a la falta de control administrativo y contable.

El Estado, por su parte, ha suavizado las normas que regulan la compraventa de automóviles y viviendas en la Isla, si bien las regulaciones impiden la inversión libre a la mayoría de ciudadanos cubanos residentes fuera de la Isla.

E incluso, las personas naturales radicadas en Cuba deben justificar sus ingresos, que deben provenir de labores de interés para el Estado cubano o vinculados a este, a la hora de efectuar transacciones por montos elevados.


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