Actualizado: 17/04/2024 23:20
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Economía, Trabajo

Entra en vigor nuevo Código del Trabajo

No incluye algunas de las propuestas formuladas durante la discusión del proyecto

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El nuevo Código del Trabajo de Cuba entró en vigor, tras un largo proceso de análisis y discusiones. Se considera un documento importante dentro del proceso de “actualización” de la economía que se lleva a cabo en la Isla.

Antes de su aprobación, el proyecto pasó por un largo proceso de debates en 69 mil 56 asambleas a las que concurrieron dos millones 802 mil 459 trabajadores, incluidos 43 mil 380 que prestan servicios en el extranjero.

Esta revisión llevó a modificar 101 artículos, a incluir 28 nuevas normas, así como a reelaborar completamente el Capítulo II, referente a las Organizaciones Sindicales.

Asimismo se transformó el artículo 2, concerniente a los principios que rigen el derecho de trabajo.

De acuerdo con informes oficiales, esta legislación actualiza las políticas laborales y los derechos y deberes de los trabajadores y empleadores, tanto en el sector estatal como el no estatal.

El capítulo 72 del nuevo Código del Trabajo está dedicado por completo al sector privado, con las relaciones laborales entre personas naturales.

Asimismo estipula la jornada de trabajo diaria en ocho horas, y determina la posibilidad de días de la semana hasta una hora adicional, siempre que no exceda el límite de 44 horas semanales.

De igual modo precisa otros elementos como la remuneración y el descanso semanal, que en el sector privado se limita a siete días naturales de vacaciones anuales pagadas. Se mantiene el mes de vacaciones para el sector estatal.

Sin embargo, el código deja fuera algunos elementos importantes, que surgieron durante la discusión y en el anteproyecto de ley.

El nuevo código de trabajo cubano apareció publicado oficialmente el martes sin incluir explícitamente la protección a los trabajadores contra la discriminación por identidad de género, que había sido sugerida por la diputada Mariela Castro Espín y aprobada en el debate final de la Asamblea Nacional en diciembre pasado.

El documento menciona explícitamente el derecho al trabajo sin discriminación por “color de la piel” y “orientación sexual” pero Castro Espín había abogado por una formulación más amplia que protegiera también a transexuales y VIH seropositivos así como por la inclusión de una cláusula contra la violencia psíquica y física en los centros laborales, según El Nuevo Herald.

En el texto final también hay otras omisiones significativas.

En el anteproyecto de ley se refrendaba el derecho a obtener empleo sin distinción de “opinión política”, frase que fue removida de la versión que llegó a discusión en el Parlamento.

También originalmente se hacía constar el derecho a “asociarse voluntariamente y constituir sindicatos”. Pero en el texto final se le añadió “de conformidad con los principios unitarios fundacionales”, es decir, se podrán formar nuevos sindicatos siempre que estén afiliados a la Central de Trabajadores de Cuba (CTC), única organización sindical legalmente reconocida.

Otro elemento nuevo en el código es que los estudiantes de 17 años de edad o más, pueden contratarse a tiempo parcial durante el año escolar o a tiempo completo durante las vacaciones.

La ley también restringe la posibilidad de contratarse libremente fuera del horario laboral a directivos, técnicos de la salud, médicos, investigadores, docentes, contralores y auditores, a menos que el segundo empleo este expresamente autorizado por el centro de trabajo original.


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