Actualizado: 25/04/2024 19:17
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Aduana

La Aduana amplía a 1.000 dólares el valor de los productos que pueden llevar los viajeros a la Isla

Los primeros 50 dólares están libres de impuestos. De 51 en adelante se establece una tarifa progresiva por el 100, 150 y 200% del valor.

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El gobierno cubano puso en vigor este mes nuevas regulaciones aduaneras para la importación no comercial de productos, aplicables a nacionales y extranjeros residentes permanentes en la Isla, informó la AFP.

Un número extraordinario de la Gaceta Oficial (29 de mayo) publica una serie de disposiciones que entraron en vigor el 1 de junio, encabezadas por una del Consejo de Estado, firmada por Raúl Castro, que aumenta el límite máximo del valor de las importaciones de 250 a 1.000 dólares.

Los viajeros que llegan a Cuba pueden importar sus efectos personales y hasta 10 kilogramos de medicamentos exentos de pago. Desde el 1 de junio pueden entrar a la Isla artículos por valor de hasta 1.000 dólares.

Los primeros 50 dólares están libres de impuestos. De 51 en adelante se establece una tarifa progresiva por el 100, 150 y 200% del valor.

Esos derechos de aduana progresivos, que pueden hasta duplicar el costo inicial del producto, serán pagados por los residentes permanentes en Cuba (nacionales o extranjeros) en moneda nacional, mientras que los no residentes lo abonarán en divisas.

Los pasajeros, que hasta ahora sólo podían realizar este tipo de importaciones no comerciales una vez al año, podrán hacerlas ahora cada vez que viajen.

Otra de las resoluciones que entraron en vigor el 1 de junio establece un "Procedimiento Automatizado para la Determinación del Precio para la Valoración en Aduana", que se sustenta en la instalación de básculas automáticas para el pesaje del equipaje y complementa las disposiciones relacionadas con el valor de las importaciones no comerciales.

Este procedimiento se aplica a pasajeros seleccionados por los agentes de aduana y a los artículos considerados "misceláneas": calzado, confecciones, alimentos, artículos de aseo personal y del hogar, bisutería, lencería, perfumería y similares.

Según esta determinación automatizada del valor de las importaciones, los pasajeros pueden llevar consigo a la Isla hasta 25 kilogramos de misceláneas, "que se consideran efectos personales, con independencia de que sean o no para su uso personal" y que están "libres del pago de los derechos de aduanas".

Además, hasta 5kg de misceláneas como importación, a un precio de 10 (pesos o dólares) por kilogramos, aunque también exentos de pago, y hasta 10kg de medicamentos.

Los viajeros pueden entrar asimismo otros 95kg de misceláneas como importación para su uso o el de su familia, a precio de 10 pesos o dólares por kilogramo, "por los que deben pagar los derechos de aduanas".

Esos 95kg se verán disminuidos cuando el pasajeros importe partes y piezas de electrodomésticos y otros equipos duraderos que no se pesan, se valoran independientemente y entran dentro del valor de 1.000 dólares que tiene derecho a importar.

En cuanto a los envíos postales, paquetes y mensajería, otra disposición eliminó la "factura consular" vigente para envíos menores de 100 dólares, y se eximió de pago de derecho de aduanas para esos bultos cuyo contenido tenga un valor menor de 30 dólares.

Los que sobrepasen esa cantidad y hasta 200 dólares, pagarán un impuesto del 100%, y serán abonado en moneda nacional por cubanos y extranjeros residentes en la Isla.