Actualizado: 18/04/2024 23:36
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Aduana

Nuevas regulaciones aduaneras permitirán llevar a Cuba plantas eléctricas y piezas de vehículos

Las disposiciones entrarán en vigor el 1 de junio y autorizan, además, la importación de accesorios y partes de equipos reproductores de imágenes.

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El gobierno cubano comenzará a aplicar el próximo 1 de junio nuevas disposiciones aduaneras que flexibilizan los controles para la entrada al país de artículos como plantas eléctricas y piezas de vehículos automotores, entre otros.

Las nuevas regulaciones han sido publicadas en la página en internet de la Aduana General de la República y están recogidas en seis resoluciones firmadas por el jefe de esa institución, Pedro Ramón Pupo Pérez, el pasado 24 de abril.

De acuerdo con la información oficial, a partir del 1 de junio se podrá llevar o enviar a Cuba, sin fines comerciales, "plantas eléctricas de todo tipo y capacidad de generación", y "accesorios, partes y piezas de equipos reproductores de imágenes" procedentes de Estados Unidos o cualquier otro país.

Una disposición anterior levantó el 1 de mayo la prohibición de importar equipos de video "de cualquier tipo, marca y modelo, incluyendo los que se fabrican y venden en el mercado incorporado a otros equipos".

Desde junio se permitirá además importar "partes y piezas fundamentales de vehículos automotores y motocicletas", lo que incluye carrocerías y motores completos.

En este caso, la resolución especifica que la operación sólo se autorizará una vez cada cinco años, y que el interesado deberá presentar una solicitud, acompañada de un aval del organismo al que pertenece, y acreditar que el vehículo al que están destinadas las partes está inscrito a su nombre.

Otra disposición autoriza asimismo la importación de remolques o arrastres ligeros para autos, sin autopropulsión, y destinados sólo a la transportación de carga.

Las regulaciones establecen también requisitos para la exportación no comercial de tabaco. Los viajeros estarán "obligados a declarar verbalmente ante la Aduana todo el tabaco torcido que lleven consigo o en el equipaje que lo acompañe", dice el texto de la normativa al respecto.

Si la cantidad excede las 50 unidades, deberán presentar "la factura o documento de venta oficial, expedido por la red de tiendas autorizadas a comercializar Tabacos Habanos, que acredite la adquisición lícita del tabaco", agrega.

Por otra parte, el gobierno establecerá desde el 1 de junio la obligatoriedad de presentar una Declaración de Aduanas para Pasajeros al llegar al país.

Según la información oficial, será "obligatorio el llenado de la Declaración por todo pasajero que, además de sus efectos personales, traiga para importar a Cuba otros artículos y productos. También debe ser llenada por los pasajeros que porten dinero en efectivo en cantidad superior a los $5000 USD o su equivalente en otras monedas".

"No tendrán que llenar la Declaración, los pasajeros que sólo traigan en su equipaje los efectos personales y artículos exentos del pago de derechos", dice la disposición.

La Aduana explica en el texto que suministrará modelos de Declaración a las aerolíneas que prestan servicios en rutas regulares a Cuba, para que los entreguen a los viajeros a bordo de las aeronaves.

Quienes viajan a Cuba pueden importar una vez cada año "artículos nuevos o usados que no formen parte de sus efectos personales" hasta un valor total máximo de 250 pesos convertibles cubanos (CUC), de acuerdo con el sitio en internet de la Aduana.

De esos 250 CUC, los primeros 50 están exentos del pago y el arancel no comercial aplicable a los artículos por encima de ese valor es del 100%, por lo que el máximo de impuestos a pagar es de 200 CUC.

Las importaciones por encima de los 250 CUC están sujetas a decomiso.