Trabajos, Empleadas domésticas, Mujeres
Las domésticas en Cuba y la nueva explotación
En Cuba actualmente se exige o se pide, en ciertas viviendas, que las trabajadoras domésticas vistan uniforme
Hace pocos días la escritora Wendy Guerra publicó un artículo en El Nuevo Herald, Cómo encontrar una empleada doméstica en Cuba, en que descubría, al menos para los cubanos que viven desde hace años en el exilio, un mundo desconocido. El texto de Guerra es más bien descriptivo, y al tiempo que señala cambios de hábitos y percepciones ocurridos en la Isla en las últimas décadas, especifica que “los cubanos llevamos tantos años en un sistema paternalista que no sabemos dar ni recibir órdenes, o abusamos o nos abusan, simplemente sentimos que están pidiéndonos más de lo que deberíamos dar”. Pero hay mucho más pendiente de analizar en esta nueva realidad cubana, donde labores, funciones y desempeños en general que se creían “superados” en pos de una “sociedad mejor” regresan con fuerza en un país que se debate entre las ruinas de un modelo que no fue, un futuro incierto y un presente lleno de dificultades.
Por mucho tiempo las imprescindibles labores en el hogar fueron relegadas a un papel efímero, casi no mencionado por el Gobierno cubano y su principal organización supuestamente dedicada al mejoramiento de la mujer, la Federación de Mujeres Cubanas. Las referencias al trabajo doméstico se limitaban a la simple consigna de la igualdad del hombre y la mujer y se hacía énfasis de que ambos sexos debían compartir esa tarea. En la práctica, por supuesto, ello nunca funcionó, y si algo de ello tuvo efecto en la intimidad del hogar en la mayoría de los casos fue a regañadientes por ambas partes. La escasez, por otra parte, fue más que una excusa un hecho para que la limpieza se hiciera a medias, los platos se fregaran solo con un poco de agua cuando estaba disponible y el planchado de la ropa —e incluso el lavado— se pasara por alto o se aplazara lo más posible.
Algunos datos pueden causar asombro en muchos al leer el artículo de Guerra. En Cuba actualmente se exige en ciertas viviendas que las trabajadoras domésticas vistan uniforme.
“Tras el regreso a Cuba de cubanos residentes en otros países, generalmente casados con extranjeros, se puso en práctica el uso de una ropa específica, diseños más recatados que los pequeños shorts que usualmente llevamos las cubanas en nuestro diario trajinar. A partir de entonces algunas de estas trabajadoras piden usar esta prenda y así ahorrar en su propio vestuario”, indica Guerra.
Y la situación económica imperante en el país llega a situaciones que en otra época no se pensó volviera a imperar en Cuba.
“Puede darse el caso de una economista que, al no poder sostener a sus hijos con el sueldo que el Estado le paga, decida irse a trabajar como empleada al hogar de una persona de menos categoría académica que ella, pero con mayor nivel adquisitivo. Ahí la cosa se complica, no solo porque la persona que debe ordenar a la universitaria no sabe o no puede referirse a ella en términos amables y justos, sino porque la experta —ahora empleada— le recuerda una y otra vez a su nueva empleadora que ella tiene un gran nivel y no piensa ocuparse de lavar ropa interior masculina o recoger el excremento del gato de la casa. Recordemos la consigna: ‘Aquí todos somos iguales’”.
Claro que, aunque Guerra no lo señala, lo que debe ocurrir en esos casos es que en poco tiempo la nueva empleada doméstica se dé cuenta que en Cuba ya no todos “son iguales”, nunca lo han sido, y que tenga que optar por tragarse el orgullo o seguir sufriendo necesidades.
Sin embargo, el aspecto más notable de esta situación es que actualmente en la Isla no existe la menor conciencia de que el trabajo doméstico tiene que ser defendido y regulado, no solo a través de los mecanismos cotidianos de la oferta y la demanda sino a través de una legislación que proteja a quienes se dedican a esa labor. Aunque cabe argumentar que en muchos otros países no existen dichas regulaciones, en el caso cubano ignorar tal situación es otra muestra de la falacia de un sistema que aunque ya no es igualitario por propia voluntad expresa y pública del Gobierno, todavía se cataloga de “justo”, aunque no lo es.
Al trabajo doméstico remunerado, una realidad en la Cuba posterior al llamado “período especial” se une la tradicional existencia de una amplia capa de la población, formada por mujeres, que llevan a cabo esta labor en sus hogares o en los de sus hijos, sin reconocimiento social y económico alguno.
Según datos suministrados por el propio Gobierno cubano, “según la Oficina Nacional de Estadística e Información (ONEI) en 2013 sumaban cerca de un millón 854 mil 753 las mujeres dedicadas por completo a los quehaceres del hogar, lo cual equivale al 92 por ciento del total de personas concentradas solo en dicha actividad no remunerada. Por su parte, un altísimo por ciento del millón 838 mil 600 que ocupan algún empleo laboral, también dedican buena parte de su tiempo y esfuerzos a las tareas del hogar, en lo que se conoce como doble jornada”, de acuerdo a Cubainformación.
En la investigación realizada por la profesora Magela Romero Almodóvar, de la Universidad de La Habana, “Mujeres, trabajo doméstico no remunerado y vida cotidiana”, esta encontró que “más de la mitad de las entrevistadas (57,4 por ciento) consideran que en sus hogares no existe justicia con respecto al modo en que el trabajo doméstico se distribuye en sus hogares”.
“Las empleadas domésticas que una vez la revolución catalogó como un rezago de la sociedad pequeño burguesa, hoy trabajan con una licencia estatal y ganan desde 1 CUC diario hasta 80 CUC al mes”, informó Martínoticias el 24 de junio de 2013.
En la actualidad, una empleada doméstica puede ganar de “tres a cinco dólares al día en una casa de familia por ocho o seis horas de trabajo diario, pero en las casas de renta pueden llegar a cobrar hasta 150 CUC al mes dependiendo de los roles que desempeñen”, especifica Guerra en su artículo.
“En Cuba no está reconocido de manera especial [el trabajo doméstico] y su protección jurídica se refrenda como parte del trabajo por cuenta propia, desconociendo su ajenidad y condiciones específicas de regulación como relación jurídica laboral. La figura del contrato en el trabajo doméstico está mayormente sometida a la voluntad de partes, soslayándose las garantías del trabajador doméstico; además carece generalmente de formalidades. Este trabajo tiene relevancia porque existe un incremento del empleo doméstico y su aporte social, para el desarrollo de la mujer, los discapacitados y el bienestar familiar; sin embargo es insuficiente su protección jurídica”, se especifica en el sitio gestiopolis.
En el análisis realizado en dicho sitio, con una óptica no contraria al Gobierno cubano, se reconoce que “el ordenamiento jurídico laboral cubano desconoce el trabajo doméstico como relación jurídica de tal índole, por lo que la relación contractual queda en el plano del derecho privado solamente con cabida de protección en el ordenamiento civil, posiblemente como un contrato de servicios. El cual como ya avizoramos por su construcción jurídica no se adecua a la habitualidad, estabilidad, singularidad y posición de los sujetos vinculados con el trabajo doméstico, aunque indistintamente también se le denomine servicio. Ni siquiera la perspectiva reguladora del nuevo Código del Trabajo incluye tal relación porque dentro de las relaciones especiales, refiere relaciones de trabajo entre trabajadores y personas naturales autorizadas a actuar como empleadores, donde no están todos los que contratan trabajadores domésticos (legalizados o no como cuentapropistas)”.
La falta de un régimen jurídico especial para el vínculo obligacional del trabajo doméstico y sus diversas modalidades, así como la suficiente protección laboral de estos trabajadores, hace que se desconozca, por parte de empleadores y empleados, los deberes y derechos de ambas partes que van más allá de una remuneración económica.
Cabe preguntarse cuántos en Cuba conocen que en países de sistema capitalista, como España, las trabajadoras domésticas tienen derecho a un salario mínimo, reconocido por ley, así como a vacaciones, y que los empleadores están obligados a la contribución fiscal de quienes emplean.
Si se argumenta que la situación económica de la Isla difiere mucho de la de España, tal punto de vista carece de validez ante la reclamación de que un Estado que supuestamente fundamenta su existencia en la justicia social es incapaz de defender a sus ciudadanos cuando son contratados por residentes extranjeros, para que atiendan sus viviendas a cambio de unos pocos dólares o quizá también de unos pocos artículos que la mayoría de esos mismo ciudadanos no pueden adquirir, y que este problema es pasado por alto ante la imperiosa necesidad de sobrevivir.
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