Actualizado: 23/04/2024 20:43
cubaencuentro.com cuba encuentro
| Cuba

Tabaco

Tribunal español cancela marca de puros

El tribunal ha dado la razón a la corporación cubana que tiene la exclusiva para comercializar en el extranjero el tabaco producido en la Isla

Comentarios Enviar Imprimir

El tribunal Supremo de España anuló la marca española de puros Herencia cubana, que se anunciaba como “tabaco cubano cultivado en Cuba” y no lo era.

De esa manera, el tribunal ha dado la razón a la corporación de ese país que tiene la exclusiva para comercializar en el extranjero el tabaco producido en la Isla.

La Sala de lo Civil del tribunal admitió el recurso, hecho público el miércoles, que la sociedad cubana Corporación Habanos S.A. presentó contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria, que decidió no anular la marca, registrada por una sociedad de esa isla.

La Corporación Habanos S.A. alegó que tenía la exclusiva de la comercialización fuera de Cuba del tabaco cubano en virtud de un contrato de compra y distribución con Cubatabaco, entidad integrada en el Grupo de Empresas de Tabaco de dicho país.

En su recurso, la sociedad recordó que España y Cuba habían firmado en 1979 un convenio comercial que prohibía la utilización del gentilicio cubano para identificar en España cigarros, cigarrillos y tabaco siempre y cuando los productos no fueran realmente originarios de ese país.

Según la corporación, el registro “Herencia cubana” podía inducir a error al consumidor sobre la procedencia del producto, cuando era ella la que tenía el derecho en exclusiva del uso de las denominaciones de origen “Cuba” y “cubano” para designar los productos tabacaleros de ese país.

El tribunal considera que el adjetivo “cubana” usado por la sociedad canaria aplicado a productos elaborados con tabaco “sugiere la idea de que los mismos son originarios de la isla caribeña y, por ende, tienen la calidad y reputación vinculadas en el mercado a ese origen”.


Los comentarios son responsabilidad de quienes los envían. Con el fin de garantizar la calidad de los debates, Cubaencuentro se reserva el derecho a rechazar o eliminar la publicación de comentarios:

  • Que contengan llamados a la violencia.
  • Difamatorios, irrespetuosos, insultantes u obscenos.
  • Referentes a la vida privada de las personas.
  • Discriminatorios hacia cualquier creencia religiosa, raza u orientación sexual.
  • Excesivamente largos.
  • Ajenos al tema de discusión.
  • Que impliquen un intento de suplantación de identidad.
  • Que contengan material escrito por terceros sin el consentimiento de éstos.
  • Que contengan publicidad.

Cubaencuentro no puede mantener correspondencia sobre comentarios rechazados o eliminados debido a lo limitado de su personal.

Los comentarios de usuarios que validen su cuenta de Disqus o que usen una cuenta de Facebook, Twitter o Google para autenticarse, no serán pre-moderados.

Aquí (https://help.disqus.com/customer/portal/articles/960202-verifying-your-disqus-account) puede ver instrucciones para validar su cuenta de Disqus y aquí (https://disqus.com/forgot/) puede recuperar su cuenta de un registro anterior.