Actualizado: 18/04/2024 23:36
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Amnistía, Disidencia, Presos

El jelengue de los presos políticos

Los presos políticos deberían indignarse con que algo tan serio como su amnistía se tire a relajo, afirma el autor de este artículo

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Los presos políticos deberían indignarse con los lidercillos cubiches de la libertad y la democracia que amalgaman, sin fines racionales de lograr excarcelaciones, al menos tres listas dispares y ligan con ellas a quienes podrían ser universalmente reconocidos como tales y otros que jamás serían considerados presos políticos ni por Estados Unidos ni la Comunidad Europea ni la ONU ni la madre de los tomates.

La Comisión Cubana de Derechos Humanos y Reconciliación Nacional (CCDHRC) se atrevió a amalgamar a los presos políticos con Miguel Álvarez y Mercedes Arce, exfuncionarios castristas listados por “delito sin especificar contra el Estado”, pero ajenos a motivos políticos y animados por móviles de enriquecimiento personal.

La Asociación de Presos y Ex Presos Políticos en Cuba (APEPPC) amalgamó en su lista no solo a la precitada pareja criminal, sino también a otros que nada tienen de políticos y ni siquiera de cubanos, como los bombarderos centroamericanos a sueldo Raúl Ernesto Cruz León y Otto René Rodríguez Llerena.

Hasta la lista más corta de la Fundación Nacional Cubano Americana (FNCA) se torna confusa al amalgamar tan sólo a uno (Yoanny Thomas González) de los cuatro presos condenados a cadena perpetua por el secuestro de la lancha Baraguá, a quienes tanto la CCDHRC como la APEPPC consideran reos de piratería que “el gobierno optó por calificar” de terrorismo, como si aquella no estuviera igualmente excluida en todo el mundo de la categoría de delito político.

De este modo ni el cardenal Ortega, por decir que ya no hay presos políticos en Cuba, ni sus detractores, por agitar listas imprecisas en contrario, saben de qué están hablando. Y los agitadores subieron la parada de la ignorancia con un proyecto de Ley de Amnistía en presunto ejercicio del derecho constitucional de queja y petición (Artículo 63).

Petición indigna

Los presos políticos deberían indignarse también con que algo tan serio como su amnistía se tire a relajo. Por mucho bombo y platillo mediático que se dé, haber presentado aquel proyecto de ley a la Asamblea Nacional, al Consejo de Estado y a la Fiscalía General surte el mismo efecto legal que presentarlo a un portero del Habana Libre.

La queja y petición ciudadana (Artículo 63) se promueve por actos de administración o gobierno y nada tiene que ver con la iniciativa legislativa de los ciudadanos (Artículo 88). De ahí que ambas normas constitucionales tengan distintas leyes complementarias: el Decreto-Ley 67 de la Organización de la Administración Central del Estado (1983) y el Reglamento de la Asamblea Nacional del Poder Popular (1996), respectivamente.

El Foro por los Derechos y las Libertades promueve hoy la amnistía de presos políticos reincidiendo en el triple disparate de Oswaldo Payá, quien 1) pidió al parlamento castrista que aprobara leyes contra el castrismo y a tal efecto 2) invocó el artículo 63 para presentar sus proyectos Varela y Heredia, así como 3) elaboró las propuestas legales y recogió firmas al garete, sin atenerse al Reglamento de la Asamblea Nacional.

No haber aprendido aún esta lección implica supina ignorancia o algo peor: usar a sabiendas a los presos políticos para otra guasanga, que incluye cogerla con el cardenal Ortega, al extremo de que ya salió en la prensa de Miami, sin cuanto de prueba alguno, que su mediación en 2010 para excarcelar a más de medio centenar de presos políticos fue una treta de Raúl Castro con el propósito de “lavar la cara de la dictadura”. De este modo Raúl Castro sería el único benefactor de los presos políticos, al pactar con Obama en 2014 otra excarcelación de más de medio centenar. Si hubieran esperado por la oposición dentro y la solidaridad fuera, todavía estarían en chirona.

Delito político hoy

El cardenal Ortega no es un santo, pero al soltar que ya no hay presos políticos en Cuba comparte la misma equivocación de los agitadores del foro encargados de encuadrillarlo en la recepción de la SINA por el 4 de julio, así como de la farándula periodística: no saber qué es delito político hoy en día. Desde la Conferencia Internacional para la Unificación del Derecho Penal de Copenhague (1935) puede rastrearse que:

  • La condición de preso político no se adquiere simplemente por cometer delito en contra del régimen político-jurídico vigente[I], como sostienen la CCDHRC y la APEPPC para incluir en sus listas, por ejemplo, a secuestradores de aeronaves[II].
  • Tampoco se adquiere al cometer delito exclusivamente por motivos políticos. De ser así no habría “distinción con los delitos comunes, porque la motivación política puede concurrir en cualquiera de ellos”[III]. En consecuencia no son presos políticos, entre otros que listan CCDHRC y APEPPC, ni Alieski Calderín, “condenado por lanzar un cóctel Molotov contra una shopping estatal (…) en protesta por la situación de pobreza económica reinante”, ni Rubén Sintes, quien “incendió un comercio de propiedad estatal como forma de protesta por la situación económica de la población”[IV].
  • Al excluirse hoy como presos políticos tanto quienes cometen delitos comunes con fines o móviles políticos, como quienes cometen delitos contra el Estado con móviles o fines alejados de la política[V], el presidio político queda bien plantado ya sólo si engloba a los condenados por actos legítimos, como ejercer derechos y libertades, que el poder tipifica como delictivos. Aquí es donde se equivoca el cardenal Ortega: los Estados totalitarios y autoritarios siempre tienen presos políticos, ya que recurren a meros artificios legales para juzgar, por razones políticas, ciertas conductas legítimas como delito.

Coda

Esa tensión entre legitimidad y legalidad exige discernir casuísticamente qué actos en contra de la ley serían legítimos —como pudiera ejemplificarse con Danilo “El Sexto” Maldonado y su performance de arte posaúrico porquerizo— antes de ponerse a regar por ahí fotos de “presos políticos” y abogar por su liberación en marchas domingueras.

Desde luego que los lidercillos pueden etiquetar como presos políticos a quienes les dé la gana y abogar por ellos como les venga en ganas. Sólo que así conseguirán apenas el apoyo de la misma claque de siempre: alrededor de un centenar que marcha los domingos y unos cuantos miles que hacen clic en las redes sociales[VI]. Y el proyecto de amnistía confirma que a los lidercillos opositores se les monta fácil el santo de legislador sin conocer la ley. Así jamás podrá abrir el camino hacia otra Cuba mejor, porque arrancan de una Cuba imaginaria.

Al cierre del domingo a las tres de la tarde, el episodio de brutalidad policial contra Antonio Rodiles había generado, en medio de tanta indignación, 12.738 visitas en YouTube; su detención el 9 de diciembre de 2013 sumó 31.440. Este declive de audiencia viene dictado por las leyes del espectáculo, que explican también por qué las marchas de todos los domingos serán cada vez más rutinaria, pero hay otra clave crucial.

El beodo Pánfilo sumó, con su grito de jama, casi 1,3 millones de visitas en YouTube, más que todas las demandas de libertad de los sobrios lidercillos cubiches de la libertad y la democracia juntos. Esa es la Cuba real que el filósofo Emilio Ichikawa atrapa en su predicción de cómo va a continuar esta serie de episodios: “Rodiles sanará, recuperará su pasaporte y se ensillará nuevamente su saquete color Lada-ministro para salir de gira internacional, desencantando de nuevo a los que este reciente affaire ha vuelto a excitar”.



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