Actualizado: 27/03/2024 22:30
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Derechos Humanos

Abogado de la Iglesia sugiere modificar la Constitución para que se cumplan los pactos de la ONU

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El Consejo de Estado debe ratificar los pactos en materia de derechos humanos suscritos por La Habana en la ONU para que el país "adquiera el compromiso de cumplir sus preceptos", sugiere un artículo publicado por la revista católica Palabra Nueva, que examina a fondo las posibles contradicciones entre la legislación cubana y los instrumentos internacionales recién firmados.

"Una vez ratificado, esto pudiera implicar que el órgano legislativo tendría que revisar y modificar algunas normas constitucionales y leyes", indica en un extenso análisis el abogado Rolando Suárez Cobián, asesor jurídico de la Conferencia de Obispos Católicos de Cuba (COCC), quien examina varios aspectos del cuerpo legal de la Isla.

Palabra Nueva, publicación de la Arquidiócesis de La Habana, incluye en su número de abril los textos íntegros de los Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Políticos y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, firmados por La Habana en febrero pasado en Naciones Unidas.

El artículo 90 (m) de la Constitución de la República establece como atribuciones del Consejo de Estado la ratificación o denuncia de los tratados internacionales.

"Para los cristianos, la dignidad de la persona no es una concesión de un parlamento, institución o norma, sino un don de Dios (…) La libertad, la justicia y la paz son las consecuencias inmediatas de tal dignidad", dice en su artículo Suárez Cobián.

Señala que el Pacto sobre los Derechos Civiles y Políticos reconoce el derecho a la vida, aunque admite la pena de muerte para "los más graves delitos". Agrega que "en el Código Penal cubano, la pena de muerte puede aplicarse en la casi totalidad de los delitos contra la Seguridad del Estado; en los delitos contra la Paz y el Derecho Internacional y en los de asesinato, violación de menores, robo con violencia en las personas, pederastia con violencia y corrupción de menores, todos ellos bajo determinadas condiciones o circunstancias".

"El derecho a la vida implica la proscripción de cualquier decisión que atente contra ella. En el Código Penal (de Cuba) la privación de libertad perpetua es imponible y esto facilitaría abolir la pena de muerte", sugiere el autor.

Justamente ayer, Raúl Castro anunció la conmutación de la pena de muerte a varios presos comunes, pero aclaró que la norma se mantendría vigente en el Código Penal.

Suárez Cobián señala que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos reconoce el derecho del individuo a la libertad y a la seguridad personal. "Esto se refiere a la prohibición de detenerlo o someterlo a prisión arbitraria y a las garantías de que se le informe de la acusación y su presentación ante un juez para defenderse".

Sin embargo, reconoce que "en el procedimiento penal cubano la detención de un individuo depende de la decisión de un Fiscal. El Tribunal no interviene en el proceso de instrucción o investigación (…) Este procedimiento limita la participación de los abogados de la defensa asesorando o asistiendo al acusado y excluye la presentación ante un tribunal que escuche las partes y adopte la decisión necesaria, según el caso, lo cual no se ajusta a lo regulado en el Pacto".

De acuerdo con el asesor jurídico de la conferencia episcopal, la ley penal contiene procedimientos policiales y judiciales que pudieran estar en "contradicción con el derecho a ser oído y juzgado en un plano de igualdad por un tribunal independiente e imparcial", y cita como ejemplo las "advertencias" y la declaración de "estado peligroso por conducta antisocial".

La ley cubana reconoce los derechos de la personas a la libre circulación, agrega Suárez Cobián, pero al mismo tiempo crea "limitaciones para residir en Ciudad de La Habana". La legislación también incluye "la confiscación de bienes propiedad de la persona que traslada su domicilio a otro Estado de forma permanente y sin que haya perdido la ciudadanía", restringe los viajes al exterior y concede "facultades discrecionales" al gobierno para decidir sobre el ingreso al país de ciudadanos residentes en otro Estado y a establecer su residencia en el país.

El análisis jurídico aborda además los derechos de la familia, la educación de los hijos, la libertad de expresión y el derecho de asociación, entre otros asuntos recogidos en los Pactos y con incidencia en la legislación actual de la Isla.


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