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Actualizado: 18/04/2024 23:36

Electores, Sistema electoral, Elecciones

Apostillas a los principios de sistema electoral cubano, según Rosa Miriam Elizalde

Para conocer mejor el sistema electoral cubano no basta con leer lo que publica la prensa gubernamental

El pasado 21 de octubre el sitio “Cuba-no-debate” publicó el artículo sin firma Conozca las bases del sistema electoral cubano. Como es bastante conocida la absoluta imposibilidad de comentar los trabajos en ese sitio gubernamental cubano, al menos si es que el comentario expresa una opinión con la cual no concuerden quienes lo regentan, hemos preferido hacer en un artículo aparte algunas acotaciones, y breves añadidos, a 8 de los 11 principios generales que según “Cuba-no-debate” caracterizan nuestro Sistema Electoral… o eso que en la Cuba de hoy pasa por tal.

  • “Todos los ciudadanos con capacidad legal para ello, tienen derecho a intervenir en la dirección del Estado, bien directamente o por intermedio de sus representantes”: siempre y cuando ese derecho se interprete en base a una supuesta comunión mística entre el representado, el representante y los revolucionarios éticos que guían a esa entelequia, la Revolución. Al estos últimos señores representar “las más verdaderas y profundas aspiraciones del pueblo”, es lógico que quien no concuerde absolutamente con ellos no es parte del pueblo cubano, y por ello no puede ser ni un ciudadano, ni un sujeto de derechos. O sea, un cubano tiene todos los derechos y es un verdadero ciudadano solo si lo que piensa coincide exactamente con el pensamiento de sus líderes: Fidel, Raúl, ¿Díaz-Canel?...
  • “El Partido no propone, no postula ni promueve candidatos, es el propio pueblo, los electores los que tienen esa facultad la que ejercen en asambleas públicas en acto libre y soberano”: solo que en primer lugar, según el artículo quinto de la Constitución vigente, el Partido “es la fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado, que organiza y orienta los esfuerzos comunes hacia los altos fines de la construcción del socialismo y el avance de la sociedad comunista”, o lo que es lo mismo, el Partido, por su propio papel en la Sociedad y el Estado, deja un margen tan estrecho a esa elección que en un final todo funciona como si fuera él mismo quien domina. En segundo, es cierto que aun con tales limitaciones, es el pueblo quien postula en asambleas públicas (vigiladas, como lo demuestra la represión a Otro18) a sus candidatos a Delegados Municipales, pero esto ya no es verdad en el caso de los Delegados Provinciales o con los Diputados. Estos últimos son nominados por unas Comisiones de Candidaturas que resultan designadas a dedo por las direcciones de 6 Organizaciones de Masas y Sociales, al nivel respectivo (municipio, provincia, nación), no por sus miembros de base en un proceso electoral propio.
  • “Inscripción universal, automática y gratuita de los electores en el registro electoral”: solo que mediante el recurso de incluir en dicho proceso a los Comités de Defensa de la Revolución, ya que es un miembro de esta organización quien lleva el “libro del registro de direcciones” en el barrio en cuestión, en base al cual se arma el registro electoral. O sea, los registros se hacen con tanta facilidad porque en su elaboración se inmiscuye una institución paraestatal cuyas principales funciones son el encuadramiento y vigilancia de la población.
  • -“El voto es libre, igual y secreto y cada elector tiene derecho a un solo voto”: sin embargo, como en las elecciones para Delegados y Diputados Provinciales se permite que el elector que se encuentre el día de las elecciones fuera de su circunscripción electoral pueda votar en el lugar en donde se encuentre ese día, solo con llegarse a un colegio electoral cualquiera y expresar su deseo de hacerlo, y como por demás en Cuba no tenemos un sistema digitalizado de votación, pues entonces lo del derecho a un solo voto es muy cuestionable. Las acusaciones de doble voto en Cuba, tienen su fundamento en esta práctica.
  • “Inexistencia de campañas electorales discriminatorias, millonarias, ofensivas, difamatorias y denigrantes. Los candidatos no pueden hacer campañas a su favor”: es cierto, las únicas campañas que en esencia pueden hacer los candidatos son aquellas mediante las cuales se demuestran lo más incondicionales que puedan a los guías revolucionarios éticos, aquellos señores, Fidel, Raúl, ¿Díaz-Canel?, ya mencionados más arriba, quienes controlan el país independientemente de los procesos electorales y se ceden el poder los unos a los otros por cooptación. No es por ello exacto decir que se obliga a los candidatos a no tener programas electorales, es que en realidad se los obliga a asumir uno solo posible: el de revolucionarios éticos.
  • “Total transparencia en los comicios”: pero sin embargo no encontrará usted a un solo ciudadano que sepa explicarle cómo las dichosas Comisiones de Candidaturas seleccionan a los individuos que integran sus propuestas de candidaturas. O, para ser sinceros, no encontrará usted muchos ciudadanos dispuestos a decírselo, por miedo a la ubicua Seguridad del Estado.
  • “Obligación de que todos los electos lo sean por mayoría. El candidato sólo es electo si obtiene más del 50% de los votos válidos emitidos”: pero, como ya hemos demostrado en otra parte, el detalle está en que al menos para elegir a los Delegados Provinciales, y a los Diputados, no se consideran válidos los votos en blanco.
  • “Alta participación del pueblo en las elecciones. En todos los procesos electorales que se han celebrado desde el año 1976, han participado más del 95% de los electores”: no obstante, no vaya a votar para que usted vea, que ni el esposo de Rosa Miriam Elizalde podrá quitarle lo que le va a caer arriba a posteriori. Y es que posiblemente los días más atareados para los esforzados, valientes y… compañeros de la Seguridad del Estado, sean los de las elecciones. Sus motos Suzuki entonces zumban de un colegio a otro, para recoger los datos sobre remisos, a los cuales se presta “atención” de inmediato.

Hemos comentado aquí solo algunos de los principios referidos en el artículo de marras, y de manera muy somera. Invitamos sin embargo a todo aquel que desee conocer los entresijos del sistema electoral cubano no a entretenerse con lo que publica la prensa gubernamental, sino a hacer un estudio inteligente de la Ley 72: le aseguro que tal ejercicio le resultara fascinante si es usted alguien dado a resolver acertijos, y que lo que descubrirá valdrá el esfuerzo. Atrévase.

© cubaencuentro

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