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Inversiones, Cambios, Economía

La ley que no se publica

La discrecionalidad y las prohibiciones son dos lastres de una nueva ley de inversiones sometida a las “traducciones” de algunos funcionarios cubanos

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Bastaba publicar la ley y el reglamento que la acompaña —aprobada ya por el parlamento— para dejar razonar a todos, los inversores y los trabajadores, sobre las ventajas y desventajas de la ley. Pero con la habitual opacidad que caracteriza al gobierno cubano, y su aberrante temor a la “masa crítica” informada, pospone su publicación hasta junio parece ser, y se discute sobre la ley a partir de las “traducciones” de distintos funcionarios.

Con un gran optimismo podríamos pensar que su no publicación se debe a que están arreglando los desatinos que han detectado los que han tenido acceso al borrador de la ley y que no son funcionarios del gobierno. En esa dirección apunta el artículo de Jorge Gómez Barata ¿Por qué una ley de Inversión Extranjera y no una ley de Inversiones?[1] Con una visión menos optimista la posposición de la publicación se debe a que hay que sortear o “domesticar” una opinión pública interna y externa que constata el “olvido” de los derechos de los trabajadores cubanos y de los inversores cubanos y extranjeros interesados en las PYMES no estatales cubanas.

En el Granma, del 09/04/2014, aparece una reseña del intercambio de la prensa nacional con la directora general de la Inversión Extranjera del MINCEX, Deborah Rivas Saavedra, que es la más reciente “traducción” de la ley por funcionarios cubanos.

Discrecionalidad de una ley no publicada

Aludiendo a los sectores en los cuales no se permitirá la inversión extranjera se agrega por la

funcionaria “como tampoco es definitorio el monto del capital que se desee invertir siempre y cuando este responda a las verdaderas necesidades del país, representadas con un proyecto atractivo y concreto” ¿Quién define si responde a las verdaderas necesidades del país?

En el actual contexto cubano y con las declaraciones del General/Presidente y de Marino Murillo, —jefe de la comisión de implementación de los Lineamientos—, sobre la empresa estatal “de todo el pueblo”(sic) como la forma fundamental y priorizada en el modelo económico cubano, y agregando la aclaración del canciller Bruno Rodríguez Padilla en su encuentro con el grupo CAFÉ, sobre el interés del gobierno cubano en las inversiones millonarias; las declaraciones de Rivas quedan en ese nebuloso espacio de la discrecionalidad en detrimento de las inversiones en micro, pequeñas y medianas empresas. Las pequeñas inversiones de los cubanos en el exterior a través de sus familiares en Cuba siguen en esta nebulosa de la discrecionalidad porque se les permite pero no se les legaliza en la ley.

En el propio Granma, se ha publicado la “traducción” de otros funcionarios intercambiando con preguntas de los lectores[2] en el cual se aclara que no se reconoce a los cuentapropistas como personas jurídicas sino “naturales” por lo tanto no pueden participar directamente con inversores extranjeros y con respecto a las cooperativas queda la discrecionalidad de nuevo sobre si le interesa o no al gobierno. Entre la prohibición y la discrecionalidad las micro empresas y las pequeñas empresas quedan junto a las cooperativas, o prohibidas abiertamente en el caso de las primeras o aceptadas en dependencia de los intereses del gobierno que es el que se erige en decidir sobre las verdaderas necesidades del país. En otras palabras, lo que será en pocos años más del 50 % del empleo en el país, individual y cooperativas, no tiene derecho a intercambiar directamente con la inversión extranjera. Otra vez, en el contexto cubano, las formas no estatales tienen numerosos impuestos, ausencia de verdaderos mercados mayoristas, insuficientes créditos, y trabas estatales a su gestión que en la caso de las empresas agropecuarias alcanza a un 75 % de venta obligatoria a Acopio, muy por debajo de los precios del mercado y según el economista Armando Nova[3]. En este contexto la ley discrimina y falla.

Otra discrecionalidad de la ley a la que se refiere la funcionaria Rivas Saavedra es con respecto a las inversiones de los cubanos residentes en el exterior. Nos dice: “No se distingue el origen del capital. Nosotros somos los que decidimos qué queremos hacer, y no al contrario. Tenemos que guiar nuestro desarrollo en cualquier caso.” Lo que no aclara la funcionaria es que según otros funcionarios, la anterior y la nueva ley se mantiene igual en no discriminar el origen de la inversión pero a la vez no se conoce ningún caso de cubano aprobado para invertir en Cuba, desde 1995 cuando se aprobó la anterior ley y hasta la actualidad. Según las declaraciones del Ministro de Comercio Exterior no se prohíben pero tampoco se estimulan. De tal manera, la posibilidad de invertir para los cubanos en el exterior sigue bajo una decisión discrecional. Siempre según las declaraciones de los funcionarios.

Prohibiciones

Además de prohibir a los cuentapropistas y mantener una discrecionalidad sobre las cooperativas que podrán algunas formar parte de los “elegidos” para la inversión extranjera, asombra la imposición de mantener las empleadoras estatales para contratar a los trabajadores de las empresas mixtas o de capital extranjero. Frente a las inquietudes de los comentaristas en Granma.cu, los periodistas señalan: “Con respecto a las agencias empleadoras, la funcionaria acotó además que estas no son privativas de Cuba y a diferencia de las anteriores, las cuales tenían un fin recaudatorio, con la nueva Ley el principio rector de estas entidades no es recaudar, sino brindar un mejor servicio a los inversionistas”. Más adelante se comenta sobre ACOREC la tradicional empresa empleadora estatal para empresas extranjeras en Cuba y se define que las nuevas serán diferentes. Hay que recordar que ACOREC en los años 90s y con absoluta opacidad se quedaba con el 98 % del salario de los empleados por ella. La intención actual parece disminuir “el diezmo” hacia el Estado pero no existe ninguna garantía de que no siga imponiendo un sustancial impuesto sobre el salario a los trabajadores empleados por las nuevas empleadoras.

Que sea un 15 % o un 30 % sobre el salario, de lo cual se apropie la empleadora estatal o simplemente un 5 %, la existencia de las empleadoras cubanas son en sí mismo aberrantes porque a diferencia de las empleadoras en el capitalismo, que no sustraen una parte del salario mensual ni ejercen un filtro político ideológico como parte del filtro de “la idoneidad”, y a las cuales el trabajador decide si quiere contratarlas o no, las empleadoras cubanas serán un nuevo organismo impuesto que además se seguirá apropiando de los derechos políticos y económicos del trabajador cubano, negociando ella y no el trabajador su salario y su “idoneidad” e imponiéndole un impuesto al margen del interés del trabajador mientras esté empleado. Nada de eso hacen las empleadoras en el capitalismo.

El Estado quiere seguir teniendo súbditos y no ciudadanos, aunque el desafortunado Ramiro Valdés, siga pensando y se lamente de que la población cubana: “son pichones con el pico abierto esperando por papá Estado” ¿De quién es la contradicción, la falta de respeto y la incoherencia?



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