Actualizado: 28/03/2024 20:07
cubaencuentro.com cuba encuentro
| Cuba

Política Migratoria

El régimen cubano “actualiza” la política migratoria; elimina el Permiso de Salida y la Carta de Invitación

“La actualización de la política migratoria tiene en cuenta el derecho del Estado revolucionario de defenderse de los planes injerencistas y subversivos del Gobierno norteamericano y sus aliados”, afirma La Habana, por lo que “se mantendrán medidas para preservar el capital humano creado por la Revolución, frente al robo de talentos que aplican los poderosos”

Comentarios Enviar Imprimir

El Gobierno de La Habana anuncia hoy martes la actualización de su política migratoria con la entrada en vigor de varias modificaciones a partir del 14 de enero del 2013, informó el diario oficialista Granma.

“Como parte del trabajo para actualizar la política migratoria vigente y ajustarla a las condiciones del presente y el futuro previsible, el Gobierno cubano, en ejercicio de su soberanía, decidió eliminar el procedimiento de solicitud de Permiso de Salida para los viajes al exterior y dejar sin efecto el requisito de la Carta de Invitación”, se anuncia en el comunicado divulgado en el rotativo.

De acuerdo con Granma, a partir del 14 de enero del 2013 solo se exigirá la presentación del pasaporte corriente actualizado y la visa del país de destino, en los casos que la misma se requiera.

La nota indica que serán acreedores de dicho pasaporte los ciudadanos cubanos que cumplan los requisitos establecidos en la Ley de Migración, la cual ha sido también actualizada de acuerdo con las medidas adoptadas y entrará en vigor a los noventa días de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

Los titulares de pasaporte corriente, expedido con anterioridad a la vigencia de esta decisión, deberán solicitar su actualización sin gravamen alguno a las autoridades competentes del Ministerio del Interior.

El comunicado añade que quienes cuenten con un permiso de salida vigente, podrán salir del país sin necesidad de un nuevo trámite.

También se ha dispuesto extender a 24 meses la permanencia en el exterior de los residentes en Cuba que viajen por asuntos particulares, contados a partir de la fecha de salida del país.

Cuando excedan este término deben obtener, plasmada en el pasaporte, la constancia de la(s) prórroga(s) de estancia correspondiente, otorgada por un consulado cubano, indica el diario.

“La actualización de la política migratoria tiene en cuenta el derecho del Estado revolucionario de defenderse de los planes injerencistas y subversivos del Gobierno norteamericano y sus aliados”, afirma La Habana, por lo que “se mantendrán medidas para preservar el capital humano creado por la Revolución, frente al robo de talentos que aplican los poderosos”.

Se adoptarán otras medidas relacionadas con el tema migratorio que, indica la nota, “coadyuvarán también a consolidar los prolongados esfuerzos de la Revolución en aras de normalizar plenamente las relaciones de Cuba con su emigración”.

Granma indica que en el día de hoy se publica en la Gaceta Oficial de la República el Decreto Ley del Consejo de Estado que modifica la vigente Ley de Migración, así como otras normas complementarias.

La información oficial precisa que detalles adicionales sobre los procedimientos para el cumplimiento de lo establecido y otras precisiones puntuales sobre la política migratoria del país están disponibles en las oficinas y el correo de voz de la Dirección de Inmigración y Extranjería.

Asimismo pueden obtenerse, según anuncia Granma, por el teléfono local 206 32 18, el Portal del Ciudadano Cubano —a cuya página CUBAENCUENTRO no ha conseguido acceder— y del Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba, también de difícil acceso por el momento.


Los comentarios son responsabilidad de quienes los envían. Con el fin de garantizar la calidad de los debates, Cubaencuentro se reserva el derecho a rechazar o eliminar la publicación de comentarios:

  • Que contengan llamados a la violencia.
  • Difamatorios, irrespetuosos, insultantes u obscenos.
  • Referentes a la vida privada de las personas.
  • Discriminatorios hacia cualquier creencia religiosa, raza u orientación sexual.
  • Excesivamente largos.
  • Ajenos al tema de discusión.
  • Que impliquen un intento de suplantación de identidad.
  • Que contengan material escrito por terceros sin el consentimiento de éstos.
  • Que contengan publicidad.

Cubaencuentro no puede mantener correspondencia sobre comentarios rechazados o eliminados debido a lo limitado de su personal.

Los comentarios de usuarios que validen su cuenta de Disqus o que usen una cuenta de Facebook, Twitter o Google para autenticarse, no serán pre-moderados.

Aquí (https://help.disqus.com/customer/portal/articles/960202-verifying-your-disqus-account) puede ver instrucciones para validar su cuenta de Disqus y aquí (https://disqus.com/forgot/) puede recuperar su cuenta de un registro anterior.

Permiso de salida cubanoFoto

Permiso de salida cubano, eliminado a partir del 14 de enero de 2013.