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Informe especial: Nueva oleada de represión política en Cuba

Denuncian la realización de 17 actos de repudio, 8 agresiones físicas y 5 allanamientos de domicilios en menos de un mes.

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La Habana, 9 de febrero de 2006

1-Denunciamos ante las organizaciones internacionales de derechos humanos, la comunidad de gobiernos democráticos y la opinión pública la nueva oleada de represión política del Gobierno de Cuba contra decenas de pacíficos disidentes.

2-Estas acciones represivas han tenido lugar en ocho de las catorce provincias del país en menos de treinta días, lo cual hace evidente que se trata de una operación represiva en gran escala ejecutada a partir de una decisión del gobierno central.

3-Es particularmente inquietante el grado de violencia física y verbal, sin precedentes en los últimos años, que han empleado los individuos movilizados por el gobierno durante estas acciones represivas de las últimas semanas bajo la dirección, torpemente encubierta, de la policía política secreta.

4-Según nuestras investigaciones, estas acciones de hostigamiento e intimidación pudieran agruparse en tres modalidades:

a) Actos de repudio
b) Agresiones físicas selectivas
c) Allanamientos de domicilios y confiscaciones ilegales

5-Desde nuestro punto de vista y tomando como base la verdad de los hechos, estas acciones represivas constituyen una violación específica de los artículos 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 13, 17, 18, 19 y 20 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y por ello daremos cuenta de inmediato a la Comisión de Derechos Humanos de la ONU y a la Relatoría Especial acerca de la situación de Derechos Humanos en Cuba de la mencionada Comisión.

6-Más allá de la transgresión de las normas civilizadas de convivencia, mencionaremos en los ejemplos concretos de acciones represivas algunas que vulneran el Artículo 56 de la Constitución de la República de Cuba, que consagra la inviolabilidad de domicilio, lo cual es particularmente preocupante en aquellos casos de allanamientos de domicilios por parte de militantes pro-gubernamentales que no son agentes policiales, como ocurriera en los domicilios de Amado Ruiz Moreno, el 2 de febrero de 2006, y Luis González Medina, el 12 del propio mes y año.

7-En el caso de las confiscaciones de libros y objetos de uso personal, las autoridades del gobierno de Cuba están violando el Artículo 60 de la vigente Constitución y el Artículo 44.3 del Código Penal (Ley 62 de 1987), donde se establece que las confiscaciones, deben ser dictadas por los tribunales de justicia y no por cuerpos policiales que, rutinaria y cotidianamente, someten a amplios sectores de la población, a estas arbitrarias prácticas extra-judiciales confiscando, artículos, bienes y objetos de propiedad personal de manera indiscriminada.


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