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Actualizado: 18/04/2024 23:36

Cuba, Constitución, Reformas

Traición, constitución e ignorancia

Si para votar NO los cubanos tienen que dejar de ser empleados del Estado, para dejar de serlo tendrían que empezar por votar NO en el referendo. Si ni siquiera eso hacen, jamás saldrán a la calle como en Venezuela y Nicaragua

Un editorial que circula por el ciberespacio kubizhe acredita que la falta de rigor no es castrista ni anticastrista. El editorial aborda “un par de significativas nuevas inclusiones” [1] en el proyecto de re-Constitución del tardocastrismo y desciende al periodismo oficioso que ya no “da cuenta, de un modo sucinto, pero completo, de un hecho actual o actualizado” [2], sino que construye opiniones y hasta hechos con sujeción a la política [3]. Veamos qué paso editorializante más chévere:

  • Otra inclusión significativa es (…) la traición a la patria [como] el más grave de los crímenes, quien la comete está sujeto a las más severas sanciones. Y un párrafo antes queda claro que es de la patria socialista [Art. 3].
  • La figura de traición a la patria es siempre enarbolada en circunstancias bélicas. Llama, por tanto, la atención que sea ahora (…) que se comience a tener en cuenta el riesgo de las traiciones dentro de la Constitución.
  • ¿Qué podría ocurrir en lo adelante que exija anunciar las más severas sanciones contra posibles traidores? La respuesta está en los nuevos miedos del régimen (…) Se hace necesario el blindaje contra las traiciones que cundirán [y] el régimen toma nuevas medidas para asegurar su pervivencia (…) Ha tenido que lidiar con protestas y acciones populares en Venezuela, sigue con atención lo que ocurre en las calles de Nicaragua, y se apertrecha para cualquier eventualidad dentro de Cuba. El único modo de bregar con esos miedos es imponiéndole nuevas amenazas y coacciones a los ciudadanos.

Tal como la contra-inteligencia del anticastrismo tardío soltó el disparate de que la re-Constitución del tardocastrismo “agrega una nueva organización política, la UJC, —asistente del partido único—, al régimen arbitrario de no estar sometido a ninguna ley” [4], el editorial mete el forro histórico-lógico de que la traición a la patria se incluyó ahora en el proyecto de re-Constitución.

Sólo que consta igualito que ahora desde la Constitución de 1976 [Art. 65], incluso con el mismo parrafito precedente de que la defensa de la patria socialista es el más grande honor y el deber supremo de cada cubano. Así que no comenzó ahora, sino hace más de cuarenta años [5], a tenerse en cuenta el riesgo de las traiciones dentro de la Constitución.

La re-Constitución apenas trasladó la traición a la patria y su comparsa del capítulo VII [Derechos, deberes y garantías fundamentales] al capítulo I (Principios fundamentales de la nación], que no es lo mismo, pero es igual. Tampoco la traición a la patria se enarbola siempre en circunstancias bélicas. Así en la guerra como en la paz, la traición a la patria es comodín recurrente de bandería “en un país invadido de nacionalismo” [6].

Toda la ínfula editorial es para urdir, sobre la base de un forro, que por efecto dominó el régimen siente “nuevos miedos” ante las revueltas populares en Venezuela y Nicaragua. Aquí tenemos la falacia clásica de concreción fuera de lugar. Mientras que venezolanos y nicaragüenses salen al bulto en contra del gobierno, la gente en Cuba sale al bulto a favor del régimen [7].

Transición pacífica

Por la misma razón, el régimen consuma el robo de la transición pacífica a la oposición, pues ya transita con absoluta tranquilidad hacia la re-Constitución mediante consulta pública seguida de referendo. Tal realidad socio-jurídica no puede evadirse con sonseras como que el partido único es ilegal, aunque no tengamos qué ley transgrede, qué policía irá a prenderlo ni qué tribunal va a juzgarlo. Tampoco cabe sonsear con que los cubanos votarán SÍ en el referendo porque mayoritariamente son empleados del Estado. Ése pueblo es, como el partido, el único que hay. Si para votar NO los cubanos tienen que dejar de ser empleados del Estado, para dejar de serlo tendrían que empezar por votar NO en el referendo.

Si ni siquiera eso hacen, jamás saldrán a la calle como en Venezuela y Nicaragua.

El proyecto de re-Constitución incluye trece disposiciones transitorias que indican la parsimonia con que vendrán las leyes complementarias. A partir de la entrada en vigor de la re-Constitución, con su publicación en la Gaceta Oficial, la Asamblea Nacional tiene seis meses para espantar una nueva ley electoral, un año para dictar su nuevo reglamento y hacer legalmente efectivo el matrimonio “entre dos personas con aptitud legal”, así como año y medio para dar “un cronograma legislativo” sobre los demás preceptos constitucionales.

Problemas de legitimación en el tardocastrismo

Vayamos al orden político. Su ilegitimidad se despacha de dos patadas. La proclamación constitucional de Cuba como “Estado socialista de derecho, democrático, independiente y soberano, organizado con todos y para el bien de todos” [Art. 1] es constitucionalmente contradictoria.

  • El Estado democrático se contradice con la simple adición de “único” —eso sí que no estaba en la Constitución de 1976— al Partido Comunista de Cuba [Art. 5]. Hace casi un siglo que la ciencia jurídica fijó el multipartidismo con requisito sine qua non del Estado democrático [8].
  • El Estado de derecho se contradice por infracción del principio general del derecho Nemo iudex in causa sua [9]. La Asamblea Nacional es “el único órgano con potestad constituyente y legislativa” [Art. 98], pero también con las atribuciones exclusivas de “dar a la Constitución y las leyes (…) interpretación general y obligatoria” [Art. 103.b] y de “ejercer el control de constitucionalidad sobre las leyes (…) y demás disposiciones generales” [Art. 103.e].

Nada mejora con que el Estado sea socialista. La experiencia histórica demuestra que un partido único predicando socialismo implica tan sólo que impondrá su peculiar noción de socialismo a ese otro comodín de bandería denominado pueblo. Tampoco mejora nada con la utopía martiana de “con todos y para el bien de todos”, que el propio Fidel Castro desarmó desde el juicio contra Huber(t) Matos: “Una revolución no puede estar bien con todos” [10]

La re-Constitución reproduce los rasgos esenciales del Estado totalitario [11]. Amén del partido único y su ideología oficial martiana, fidelista y marxista-leninista [Art. 5], confirma que el Estado administra la llamada propiedad socialista de todo el pueblo [Art. 20] y gestiona la llamada economía planificada [Art. 27]. Aquella propiedad abarca tanto “los medios fundamentales de producción” [Art. 20] como “los medios fundamentales de comunicación social, en cualquiera de sus soportes” [Art. 60]. El control absoluto de las armas completa la tripleta monopolista canónica del Estado totalitario. El otro rasgo esencial —la represión política— se cae de la mata [12].

Así y todo, el año que viene Cuba no será libre, como viene sonando el tumbao exiliar desde 1960, sino que dará apariencia de legitimidad más que suficiente a la re-Constitución del tardocastrismo por la fuerza práctica del número de votos a favor en referendo. Para evadir esta realidad algunos quieren ser más anticastristas que el Anti-Castro y descubren en la re-Constitución cosas nuevas que pasan de 40 años, como la traición a la patria y la UJC, así como que el PCC es ilegal, como si la ley no tuviera nada que ver con el poder político.

Coda

Dárselas de anticastrista no exime de saber de qué se está hablando.

Notas

[1] Como primera se menciona la consabida introducción del ideario y el ejemplo de Fidel Castro en el preámbulo, que no vale la pena analizar. El editorial soslaya que Fidel se coló también en el articulado con el nuevo atributo de “fidelista” que ahora tiene la ideología oficial del único partido [Art. 5].

[2] Gonzalo Martín Vivaldi: Géneros periodísticos, Madrid: Paraninfo (1973), 335.

[3] Aparte de soltar despacito que “la verdad es construida por los medios” [Portal de la Televisión Cubana, 14 de mayo de 2018], la periodista Cristina Escobar asevera que así lo aprendió en la Facultad de Comunicación Social de la Universidad de La Habana. Su decano, Raúl Garcés, abundó en el asidero político de este planteo durante la plenaria [13 de julio de 2018] del X Congreso de la UPEC.

[4] Al meter el forro de la UJC agregada, la contra-inteligencia anticastrista no vio más allá de sus narices que la re-Constitución suprime la norma de la Constitución de 1976 acerca de que “el Estado socialista cubano reconoce y estimula a las organizaciones de masas y sociales” (Artículo 7). Aquí se evidencia la intención de desvincular formalmente del Estado a esas organizaciones para colarlas en la onda global de la llamada sociedad civil.

[5] Al parecer la longevidad del castrismo viene acompañada por la mala memoria del anticastrismo. Jorge A. Sanguinetty acaba de apearse en el ciberespacio kubizhe con que la posibilidad de reunión y discusión abierta por la consulta pública de la re-Constitución “puede calificarse de excepcional en las casi seis décadas de dictadura”. La Constitución de 1976 dio igual posibilidad —dizque participaron 6.216.981 personas, quienes propusieron 12.883 modificaciones, 2.343 adiciones y 84 aclaraciones— ya que la consulta pública no es excepcional, sino regla de las re-constituciones.

[6] Así lo explica el historiador Sergio López Rivero en su tesis doctoral (Universidad de Valencia, 2014), al rastrear desde 1957 el uso acentuado del cartelito de traición a la patria por el castrismo y el anti-castrismo tempranos (páginas 133, 393-94, 423 y 424).

[7] Todas las semanas tenemos en el ciberespacio kubizhe la prueba fotográfica de Berta Soler y una o dos más Damas de Blanco saliendo el domingo a la calle para ser interceptadas por un bulto de policías, sin que nadie más acuda para que la patria contemple orgullosa.

[8] Hans Kelsen: Vom Wesen und Wert der Demokratie [Sobre la esencia y el valor de la democracia]. Tubinga: Mohr, 1920.

[9] Codex Iustinianus (534 AD), 3.5.

[10] Y la luz se hizo, La Habana: Cooperativa Obrera de Publicidad CTC, 1959, 38 s.

[11] Vid.: Carl Friedrich y Zbigniew Brzezinski: Totalitarian Dictatorship and Autocracy [Dictadura totalitaria y autocracia], Cambridge: Harvard University Press, 1956.

[12] Ciertas cosas de la Constitución material no tienen por qué aparecer en la Constitución formal y quedan sobreentendidas, como la libertad de movimiento en los textos constitucionales de USA.

© cubaencuentro

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