Actualizado: 23/04/2024 20:43
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Derecho, Cuba, Constitución

El cambio constitucional en Cuba

Un libro que debería llevar un subtítulo adecuado: “Oh, vosotros los que leéis, dejad toda esperanza”

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La depresión del mercado de ideas del anticastrismo tardío puede apreciarse en el video en que el laureado historiador y ensayista Rafael Rojas explica cómo y para qué se pergeñó el libro El cambio constitucional en Cuba (Casa América / Fondo de Cultura Económica, 2017).

Rojas se atiene al diagnóstico certero de que el constitucionalismo cubano es muy deficitario. Sólo que viene a agudizarlo con su ocurrencia de no incluir ningún jurista en el libro, que vale tanto como entrar al quirófano sin cirujano. Aparte del precedente de su propia confusión en Derecho Constitucional [1], Rojas y un septeto acompañante de académicos de ciencias sociales se proponen decirnos a distancia cuáles son los problemas del marco constitucional actual, por dónde podrían venir las reformas oficiales y qué se requeriría realmente para avanzar en un proceso constituyente nuevo. Cabe adelantar que:

  • El problema con los problemas del marco constitucional actual es que ya están agotados en su formulación por juristas del insilio y del exilio [2]. Así, para superar el déficit cultural que Rojas advierte en el constitucionalismo cubiche: su reducción a una esfera de expertos [juristas] dentro y fuera de la Isla, el octeto académico tendría que tocar un ritmo novedoso para no quedar en la delicada posición de venir a bailar en casa del trompo.
  • Dilucidar por dónde vendrían las reformas oficiales afronta la dificultad de que nadie del octeto conversó al respecto con nadie cercano al poder constituyente. Toda deducción o inducción, abducción o adivinación a partir de fuentes secundarias o terciarias queda desvirtuada por la declaración del propio Rojas a EFE sobre la reforma constitucional en Cuba: “Nunca se puede asegurar nada”. Las reformas que ordenará, digo: orientará el Buró Político se impondrán sin que el libro intervenga para nada en la discusión. Se levanta entonces la misma objeción que Félix Varela interpuso al ciego Escobedo con relación a los juegos florales: ¿Para qué sirve esto?
  • Y para avanzar en un proceso constituyente nuevo se requiere algo tan fácil de plantear en teoría como difícil de llevar a la práctica. Hace más de una década Fidel Castro definió ese algo sin ambages: “Hacer una revolución” [3]. Puesto que el libro no indicará por ningún lado cómo hacerla, será otro avatar más del anticastrismo tardío que se desfoga en cocinar y servir el pescado sin tener “la más puta idea” [4] de cómo atrapar al pez.

Las ciencias sociales extra jurídicas vienen a este libro en su función acostumbrada de costureras remendonas a gusto o disgusto del sastre político. En este caso se trata de Raúl Castro, quien anunció en el VII Congreso (2016) del único partido: “Considerando las importantes transformaciones asociadas a la actualización del modelo económico y social y su conceptualización, en la Constitución hay que reflejar todo eso que vamos haciendo, discutir con la población y votarlo en referéndum”.

Al presentarse el 19 de noviembre en Casa América (Madrid), el libro se vendió como exposición de “las principales limitaciones institucionales y normativas que no han permitido a Cuba, desde la década de los noventa, profundizar en el otorgamiento de libertades civiles y políticas, así como responder a las necesidades de la globalización, para desvelar las tensiones surgidas entre el orden constitucional y el cambio social”. Puesto que Castro anunció también: “Debo resaltar que en el alcance de estos cambios constitucionales propondremos ratificar el carácter irrevocable del sistema político y social refrendado en la actual constitución, que incluye el papel dirigente del Partido”, un subtítulo adecuado para el libro sería: “Oh, vosotros los que leéis, dejad toda esperanza”.

Coda

En la primera parte del libro, Rojas y Carlos Manuel Rodríguez, Doctor en Investigación de Ciencias Sociales, estudian el constitucionalismo cubano desde finales del siglo XIX hasta hoy [5]. Sigue un estudio específico del orden constitucional vigente, con énfasis en los derechos civiles y políticos, a cargo de Armando Chaguaceda, Doctor en Historia y Estudios Regionales, y de Marlen Azor, Dra. en Ciencias Sociales y Humanidades [6]. A la disonancia entre el cambio social y el régimen social se dedican los tres últimos capítulos. El Dr. en Ciencias Políticas Ivon Grenier se engolfa en la cultura y los derechos de asociación y expresión. Ramón Igor Centeno, Dr. en Ciencias Políticas, examina si los cambios sociales implicarían el avance del régimen cubano hacia un Estado post-totalitario o autoritario [7]. La Dra. en Sociología Cecilia Velia Bobes y el Dr. en Sociología Urbana Haroldo Dilla cierran con el análisis del conflicto entre sociedad y orden constitucional.

Notas

[1] Rojas saludó el Proyecto Varela como iniciativa que “se ampara en el artículo 88 de la constitución socialista” e imponía a la Asamblea Nacional “la obligación constitucional de debatirlo” (“La hora de la disidencia”, Letras Libres, 30 de junio de 2002). Así dejó bien claro —y hasta el momento no se ha retractado— que no domina ni la técnica jurídica elemental de subsumir el caso concreto en el precepto constitucional ni la lógica que enlaza este último con su ley complementaria. Ningún artículo de la constitución ni ninguna de sus leyes complementarias ampara la recolección de firmas, cualquiera sea su número, como iniciativa legislativa de los ciudadanos.

[2] Entre otros muchos artículos y paneles de discusión al respecto sobresalen dentro los trabajos del Dr. en Ciencias Jurídicas Julio Antonio Fernández Estrada, quien resumió los problemas incluso para el más amplio público en “Reforma constitucional en Cuba: por qué, cómo y con quién”, Progreso Semanal, 1 de febrero de 2016. Afuera René Gómez Manzano, por ejemplo, abordó el Constitucionalismo y cambio democrático en Cuba (Editorial Hispano Cubana, 2007) con énfasis en la guerra electoral.

[3] Cien horas con Fidel, Oficina de Publicaciones del Consejo de Estado (2006), 289

[4] García Márquez, Gabriel: La increíble y triste historia de la cándida Eréndira y de su abuela desalmada, Knopf Doubleday (2014), 122.

[5] La pericia investigativa de Rodríguez debe contribuir a que esta historia de relleno no incurra en los descuidos vitandos de la Historia mínima de la revolución cubana (Colegio de México/Turner, 2015), como relatar que, durante su alegato de autodefensa en el juicio del Moncada, Fidel “Castro lanzó un guiño al presidente” de la sala juzgadora, identificado como Urrutia a pesar de que no estaba allí.

[6] A cuatro ojos disminuye la posibilidad de que, por no dar con ella a pesar de estar disponible en línea, se despache una ley como que “no existe o es ´Secreto de Estado´ porque no es posible consultarla”.

[8] Por muy finamente conceptual que parezca, este jueguito lingüístico esconde la verdad grosera de que el Estado cubano seguirá siendo esencialmente totalitario en ausencia de oposición parlamentaria.


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