Actualizado: 25/04/2024 19:17
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Cuba, Represión, Detenciones

Cuba viola la Convención contra la tortura

El Comité de la ONU, encargado de verificar el cumplimiento de la Convención contra la tortura, resaltó una serie de incumplimientos por parte de Cuba en 2012, que siguen sin resolverse

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El 28 del presente, Cuba aspira a reelegirse para el Consejo de Derechos Humanos de la ONU. Sin embargo, el Gobierno cubano no ha ratificado los Pactos de Derechos Humanos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos que firmó en 2008.

El Gobierno cubano ha ratificado varias convenciones relativas a la protección de los niños, contra la discriminación racial, a favor de proteger a los discapacitados y sobre los derechos femeninos. En este orden también se adhirió y ratificó el Convenio contra la tortura de Naciones Unidas desde mayo de 1995.

El Comité de la ONU, encargado de verificar el cumplimiento de la Convención contra la tortura y proponer las sugerencias para la aplicación de los artículos de la Convención, resaltó una serie de incumplimientos en junio de 2012[1]. Aun hoy, los activistas de Derechos Humanos en Cuba reportan las mismas arbitrariedades señaladas en ese informe.

No existen garantías procesales para los ciudadanos cubanos al no respetarse el habeas corpus: el necesario examen médico, el aviso a los familiares, y el acompañamiento de un abogado defensor desde el inicio del arresto. Tampoco se le dice al detenido sus derechos, las causas de su arresto, y no se le presenta inmediatamente ante un juez. Por otra parte, el detenido no cuenta con un mecanismo eficaz para impugnar la legalidad de su detención.

El informe constata el hacinamiento en las cárceles, malnutrición, falta de higiene e insalubridad y atención médica inadecuada a las que estaría expuesta la población reclusa. Se denuncia también limitaciones injustificadas a las visitas de familiares, traslados a centros penitenciarios alejados del entorno familiar y social del detenido, internamiento en celdas de aislamiento en condiciones degradantes y abusos físicos y verbales a los reclusos.

Los arrestos arbitrarios, secuestros exprés de artistas, activistas de derechos humanos, periodistas independientes, y opositores de todo signo político, han aumentado desde 2012-2016. En 2012 los arrestos arbitrarios fueron de 6.602; en 2016 hasta septiembre, 8.805 arrestos en iguales condiciones de vulnerabilidad e indefensión jurídica y penal[2].

No incluye el informe los allanamientos ilegales y violentos contra asociaciones de juristas independientes, periodistas independientes y activistas políticos. No existe orden legal para allanar las viviendas, se roba por las autoridades los instrumentos de trabajo, expedientes de clientes y bienes personales, sin posibilidad legal de recuperar esos “robos”, llevados a cabo por la policía y los órganos de la seguridad del Estado.

Los casos recientes son el Centro Cubalex, el Centro Jurídico de Pinar del Río y la incautación en el aeropuerto de sus bienes al activista opositor Carlos Amel de la UNPACU, razón por la cual Amel inicio una huelga de hambre de varias semanas.

Por otra parte, el informe señala situaciones de detención preventiva prolongada y detención de carácter indefinido con base en lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley de Procedimiento Penal cubano, que afectarían especialmente a personas privadas de libertad por motivos políticos. El Comité lamenta la falta de información relativa al número y situación de personas privadas de libertad acusadas de un delito contra la Seguridad del Estado, conforme al artículo 243 de la Ley de Procedimiento Penal. Por último, preocupa también al Comité la ambigüedad de la situación jurídica de los presos excarcelados bajo “licencia extrapenal”, así como las informaciones recibidas sobre restricciones arbitrarias de su libertad personal y de libre circulación. En particular, el Comité señala su preocupación por la situación de José Daniel Ferrer y Oscar Elías Biscet. Estas arbitrariedades se mantienen hoy.

El Gobierno cubano, en síntesis, no ha cambiado su legislación penal para incluir el delito de tortura en su código, no ha transformado las prácticas de la policía, la seguridad del Estado y los tribunales en relación a las condiciones de arresto, ni en las condiciones en las cárceles. ¿Tiene derecho el Gobierno cubano a reelegirse en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU?



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