Actualizado: 25/04/2024 19:17
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El Bacunaguazo

La acusación contra las 'progenitoras', los acuerdos migratorios Habana-Washington y el verdadero problema.

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Además de un lanchero muerto y los otros dos heridos, la malograda operación de "contrabando de personas" (abril 5, 2006) por la ensenada de Bacunagua, en la costa sur de Pinar del Río, forzó a socorrer 39 personas (20 hombres, 12 mujeres y 7 niños) provenientes de cinco provincias, quienes esperaban salir ilegalmente de Cuba luego de "caminar largas distancias por terrenos cenagosos y permanecer en un territorio plagado de mosquitos, húmedo, sin reservas de alimentos y agua potable" ( Granma, abril 17, 2006).

El gobierno de Castro subrayó: "Una vez más se ha puesto de manifiesto cómo personas irresponsables e inescrupulosas exponen a sus hijos a un doble peligro: morir ahogados durante la travesía, o enfermarse debido a los medios inhóspitos que generalmente seleccionan los traficantes".

Revelación tardía

Lugares igual de inhóspitos suelen escoger también las personas que pretenden salir ilegalmente de la Isla sin recurrir a los traficantes, quizás porque no hay otra alternativa. Y desde que principió el balserismo cubano han estado en juego la vida y la salud de los menores, así como de los adultos involucrados.

Sólo ahora el gobierno castrista decidió "poner a las siete progenitoras (sic) que poseían la custodia de esos [siete] niños a disposición de los Tribunales de Justicia". Los progenitores varones no estaban entre los 20 hombres socorridos, o la nota de Granma se tiñe de machismo por ceñir "la irresponsabilidad de los padres" al sexo femenino.

Tal parece que cambió el espíritu del tiempo. En el caso del balserito Elián González, las mentes alquilonas de Cintio Vitier, Roberto Fernández Retamar y el reverendo Raúl Suárez se hicieron agua para dar por televisión la imagen de la madre ahogada como "una santa" a merced del padrastro diabólico.

El Código Penal (1987) tiene clavijas suficientes con que apretar a los padres resueltos a salir ilegalmente de la Isla junto a sus hijos menores de 18 años. Son "actos contrarios al normal desarrollo del menor" inducirlos "a abandonar su hogar, faltar a la escuela, rechazar el trabajo educativo inherente al sistema nacional de educación o a incumplir sus deberes relacionados con el respeto y amor a la Patria" (Artículo 316).

Las penas previstas van de tres meses a un año de cárcel, multa de 100 a 300 cuotas, o ambas. No se pierde ni se suspende la patria potestad, que son sanciones accesorias vinculadas sólo a delitos de subido tono sexual.

Las "siete progenitoras" no querían poner a sus hijos en peligro, pero su presunto delito es intencional porque tienen que haber previsto (y asumieron) —según la lógica de la justicia castrista— los riesgos de accidente, enfermedad y hasta de muerte que están siempre presentes en trances de salida ilegal.


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