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Las tablas de la ley

El totalitarismo constitucional cubano, treinta años después.

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La crisis de legitimidad se agudizó en la capital. De 1.639.621 electores registrados, no votó unido el 4,5 por ciento, no acudió a votar el 1,7 por ciento, anuló la boleta el 10,1 por ciento y optó por dejarla en blanco el 4,3 por ciento ( Tribuna de La Habana, febrero 28, 1993).

Casi la quinta parte de los habaneros disintió entonces del gobierno, pero sin posibilidad de organizarse ni de contrarrestar la propaganda oficial. Castro capeó el temporal con medidas de apertura económica (1993-1994). Si bien no aseguraron la recuperación duradera, propiciaron al menos crecimientos del 4 por ciento (1994-1996) y del 2 por ciento (1997-1998), luego de haberse contraído el producto interno bruto a razón del 10 por ciento anual (1990-1993).

Olvido de la lección del Che

Castro puso así mismo en aprietos a la intelectualidad "comprometida" cuando transfiguró dos pilares de su régimen totalitario: la ideología oficial y el partido único. La Constitución reformada (1992) no se guió ya por aquella "doctrina victoriosa", sino "por el ideario de José Martí y las ideas político-sociales de Marx, Engels y Lenin" (Preámbulo). El Partido Comunista de Cuba fue en lo adelante "martiano y marxista-leninista, vanguardia organizada de la nación cubana" (Artículo 5).

Pasó al olvido la lección del Che: "Es lógico que este partido lo sea de clase. Un partido marxista-leninista mal podría ser de otra manera" ( El partido marxista-leninista, 1963). Entretanto se dobló el turno de reciclaje del Partido Revolucionario Cubano (creado por Martí para dar guerra) como precedente del Partido Comunista de Cuba, que gobierna en paz dentro de la Isla.

Esta diferencia cardinal no puede taparse con la carta de Castro a Celia Sánchez (junio 5, 1958) sobre la "guerra más larga y de mayor envergadura (…) contra de los americanos". Ni la Asamblea Nacional ni el Consejo de Estado han declarado jamás "el estado de guerra o la guerra", como prescriben la propia Constitución (Artículo 75.i) y la Ley 75 (1995) de Defensa Nacional (Artículo 15).

Tampoco puede situarse la perspectiva política de Martí en la paz bajo la penumbra teórica. Rafael Rojas se pregunta: "¿Serían legales los partidos? (…) No lo sabemos" ( José Martí: la invención de Cuba, 2000). Sin embargo, el Apóstol de la Independencia apuntó ( Obras completas, XXII):

"Ha de tenderse a una forma de gobierno en que estén representadas todas las diversidades de opinión del país en la misma relación en que están sus votos. Un Consejo de Gobierno, que elija, cada año, su presidente de su seno. El Congreso: electo cada cuatro años. Que el pueblo elija los gobernadores; el Consejo de Gobierno corresponderá al número de votos. De siete, por ejemplo, los siete que relativamente obtengan más votos. Que cada opinión esté representada en el gobierno. Que la minoría estará siempre en minoría: ¡como debe estar puesto que es la minoría! Pero que no se vea obligada a ser la oposición, como es ahora, ni a influir en el gobierno como enemiga obligada, y por residencia, sino de cerca, con su opinión diaria, y por derecho reconocido".

La rueda de la tragedia

Junto a Martí, suele considerarse a la Constitución socialdemócrata o populista (1940) no sólo como punto de "coincidencia emocional" entre la Isla y el exilio (véase Leonel de la Cuesta, Constituciones cubanas, 1974). También se propone como única constitución "legítima" para emprender la transición democrática post-Castro y "sustentar el Estado de Derecho" ( El Nuevo Herald, septiembre 8, 2002).

Batista se atrevió a transgredir la Constitución (1940) y dictar sus propios Estatutos Constitucionales del Viernes de Dolores (abril 4, 1952), para luego restablecerla formalmente (febrero 24, 1955). Castro declaró que hacerla "cumplir fielmente [era] una verdadera revolución" ( Bohemia, enero de 1959, Edición de la Libertad, II) para enseguida desguasarla con el traspaso del poder constituyente al Gobierno Revolucionario (Consejo de Ministros).